Nuestros clientes nos preguntan si es legal que te graben en el trabajo… Veámoslo.

Así es, se pueden realizar grabaciones conforme a lo dispuesto por la Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la AEPD, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras siempre que se cumplan una serie de requisitos.

El aumento que últimamente están experimentando las instalaciones de sistemas de cámaras y videocámaras con fines de vigilancia ha generado muchas dudas en lo relativo al tratamiento de las imágenes que implica y sobre si es legal que te graben en el trabajo. Por otro lado, es un sector que ofrece múltiples medios de tratar datos personales como por ejemplo los circuitos cerrados de televisión, grabación por dispositivos «webcam», digitalización de imágenes o instalación de cámaras en el lugar de trabajo.

 

¿Cuáles son los requisitos para que sea legal que te graben en el trabajo?

Habrá que informar a todos los empleados sujetos a la grabación de imágenes según el (Art. 20.3 Estatuto de Trabajadores).

También se deberá disponer del logo informativo en un lugar previo a la cámara y suficientemente visible de las instalaciones de la empresa.

 

¿Qué información debe facilitarse a los empleados que van a ser objeto de estas grabaciones?

En primer lugar se informará de quién es el Responsable del tratamiento de los datos personales (grabaciones del personal)

Se les informara que estos datos serán tratados de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril (GDPR), y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (LOPDGDD), por lo que se le facilita la siguiente información del tratamiento:

  • Fin del tratamiento: garantizar la seguridad de personas, bienes e instalaciones y control laboral a través de un sistema de videovigilancia.
  • Legitimación: Normalmente se trata de la ejecución del contrato de trabajo (art. 6.1.b GDPR) y las facultades legales de control concedidas al Responsable (art. 20.3 del Estatuto de los Trabajadores y 89 de la LOPDGDD).
  • Criterios de conservación de los datos: Recordamos que estos datos no se conservarán  mas de 30 días naturales.
  • Comunicación de los datos: Si estos datos se van a comunicar a alguien. Normalmente no se comunicarán los datos a terceros, salvo obligación legal.
  • Igualmente hay que informar de los Derechos que asisten al Interesado:
    • Derecho de acceso, rectificación, portabilidad y supresión de sus datos, y de limitación u oposición a su tratamiento.
    • Derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente.

 

Por ultimo hay que informar de los datos de contacto para ejercer sus derechos:

Es decir razón social y email al que dirigirse para ejercitar estos derechos.

 

¿Cómo se ha de señalizar para que sea legal que te graben en el trabajo?

legal que te graben en el trabajoEsta es la señal que deberá estar a la vista y accesible para los empleados que sean susceptibles de ser grabados.

 

¿Qué principios que hay que respetar? ¿Dónde está prohibido colocar sistemas de grabación?

Siempre hay que respetar los principios de proporcionalidad y de intervención mínima en al realización de estas grabaciones

En este sentido el apartado 2 del artículo 89 prohíbe la instalación de sistemas de grabación de sonidos ni de videovigilancia en los lugares de descanso o esparcimiento de los trabajadores o empleados públicos y, además, da una lista a modo de ejemplo de los mismos: vestuarios, aseos, comedores y análogos.

Asesórate por profesionales en materia de Protección de datos para Pymes.

Cualquier tratamiento de datos de carácter personal es fundamental recibir asesoramiento profesional. Y nosotros estamos aquí para ayudarte.

Si alguna vez crees que tus derechos han estado en peligro, no sabes cómo aplicar esta ley o dudas de si es legal que te graben en el trabajo, no dudes en preguntarnos.

Comunícate con nosotros para conocer mucho más sobre Protección de datos para Pymes. También entérate sobre nuestros demás servicios. No dudes en contactarnos a través de nuestra web o por correo, y pídenos presupuesto sin compromiso. Además puedes seguirnos en redes sociales para estar al tanto de noticias, consejos, nuestros cursos y mucho más:

Si alguna vez crees que tus derechos han estado en peligro, no sabes cómo aplicar esta ley o dudas de si es legal que te graben en el trabajo según el contexto, no dudes en preguntarnos.

Si te ha resultado útil el artículo, puedes compartirlo pulsando los iconos que aparecen justo debajo de este artículo.

 

Abrir chat
¿Qué necesitas?
¡Hola! ¿Cómo puedo ayudarte? Escríbenos o llámanos: 695 18 63 57.