La geolocalización en la protección de datos. Conoce las exigencias de ley
La geolocalización en la protección de datos se puede considerar como un ámbito relativamente novedoso en cuanto a la materia de “protección de datos”. La legislación respectiva a conocer sería: el Reglamento Europeo de Protección de Datos y la Ley de Protección de Datos y Derechos Digitales. Ampyf te pone al día con respecto a este tema para que puedas adaptar tu empresa a los cambios.
La geolocalización en la protección de datos
La utilización de sistemas de geolocalización hoy en día es muy común debido al avance de la tecnología. Por ello, cualquier dispositivo dotado de una conexión a internet puede fácilmente detectar y transmitir nuestra ubicación a tiempo real.
De este modo, implica una recogida y tratamiento de datos a los cuales las empresas pueden acceder. Bien para verificar el cumplimiento de obligaciones o deberes laborales por parte del trabajador. Lo interesante es que se puede recurrir a ellos sin consentimiento del trabajador. Ahora, la administración de estos ya es diferente.
Sobre su utilización prima el principio de la necesidad e idoneidad. Este obliga al empresario a reducirse o limitarse únicamente a los datos necesarios para los fines del tratamiento, evitando monitoreo constante y sistemático.
El RGPD considera el tratamiento de datos de geolocalización como de riesgo. Por este motivo impone a las empresas la obligación de realizar un estudio de impacto precedente a su manipulación. Este determinará cómo afecta su actividad en el derecho a la protección de datos de sus usuarios.
Otro principio que rige es el de información. Tras realizar dicho examen, obtener resultados y antes de implementar la medida, el empresario siempre deberá informar a la ficha de empleados.
La geolocalización en las compañías de transporte
En ocasiones, este mecanismo resulta de gran utilidad y necesidad. Es el caso de las compañías que involucran vehículos oficiales en la jornada diaria del trabajador. Los sistemas de localización por GPS permiten determinar la ubicación del vehículo, así como mejorar el servicio que se presta al cliente.
El RGPD prevé que solo se podrán tomar datos de las flotas en horas laborales y con el objeto de conocer la localización. Esto excluye que el control por GPS se realice a los trabajadores de forma individual. Por su parte la ley de protección de datos consagra el derecho a la desconexión fuera de horas de trabajo.
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